Para realizar el proceso de Certificación de Firmas
de las Autoridades de Instituciones de Educación
Universitaria, el primer paso es dirigirse a la Embajada o
Consulado respectivo, a fin de informarse sobre los
documentos requeridos por el país donde se hará la
prosecución de estudios.
* | Documentos con firma original de la autoridad correspondiente Universidades: Rector (a); Colegios Universitarios, Organismos Militares e Institutos Universitarios: Director (a) o Coordinador (a) de la Comisión de Modernización y Transformación. |
* | El programa y/o el pensum deben venir con su respectiva certificación firmada por la máxima autoridad de la institución. |
* | La firma de las autoridades debe ser de puño y letra. |
* | Estos recaudos serán de carácter OBLIGATORIO e indispensables al momento de realizar su tramite, SIN EXCEPCIONES. |
Nota: Los ciudadanos y ciudadanas que presenten documentos para certificar no siendo el titular de los mismos, deberán presentar poder notariado y copia de la cédula. Un máximo de dos (2) poderdantes por apoderado. Solo podrán consignar un máximo de diez (10) documentos por poderdante.